Plazo para compensación las percepciones y retenciones del IGV o cualquier pago en exceso o indebido
Tributación al día - Un pódcast de Mery Bahamonde Quinteros

-En el Informe N° 041-2020-SUNAT/7T0000 publicado por SUNAT el 15 de agosto de 2020, la SUNAT señala que la deducción de las percepciones y retenciones no aplicadas de periodos anteriores, tienen naturaleza de pagos en exceso. En tal sentido, agrega que su compensación automática en la declaración jurada mensual Formulario Virtual 621 podrá realizarse siempre que dicho derecho a compensar no haya prescrito y puede compensarse contra otros tributos.